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Ayudas complementarias para beneficiarios de ayudas (FPU): Estancias Breves y Traslados Temporales

Las ayudas para estancias breves y traslados temporales tienen por objeto reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda.

Las actividades a realizar durante el periodo de estancia, deben considerarse significativas y beneficiosas para el cumplimiento del objeto de formación de la ayuda de FPU y no deben ocasionar un retraso en la culminación de los estudios de doctorado.

Estas ayudas están dirigidas a beneficiarios activos del programa. Se ofertan 550 para Estancias Breves y 30 para Traslados Temporales.

La duración de las Estancias Breves será de 2 o 3 meses. Excepcionalmente, las estancias breves que tengan por destino en un centro ubicado en España, podrán tener 1 mes de duración. Los Traslados Temporales tendrán una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses.

Requisitos:

Para las estancias breves los beneficiarios de la ayuda FPU deberán haber completado un periodo igual o superior a nueve meses o haber completado un periodo igual o superior a nueve meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a la ayuda FPU en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo del periodo de duración máxima de la ayuda FPU.

Cuando se trate de beneficiarios activos que no cumplan el requisito anterior, haber completado nueve meses de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados.

Para traslados temporales, los beneficiarios FPU deberán haber completado un periodo igual o superior a 24 meses de la ayuda FPU.

El máximo número de estancias breves que podrán disfrutarse a lo largo de los cuarenta y ocho meses será de tres y de un traslado temporal, y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas, no pudiendo superponerse con los últimos 6 meses de los cuarenta y ocho meses máximo del contrato, salvo que la tesis ya esté presentada.

Entre la conclusión de un traslado o estancia y el comienzo del siguiente deberán transcurrir seis meses. Este plazo es aplicable a las estancias temporales financiadas por una entidad diferente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Dotación:

Una dotación diaria para manutención de 25€ para las estancias en España y hasta un máximo de 50€ para estancias en el extranjero, en función del país de destino.

Para gastos de desplazamiento una ayuda hasta un máximo de 90€ dentro de la Península; hasta un máximo de 120€ a o desde Ceuta, Melilla y las Islas Baleares; hasta un máximo de 150€ a o desde las Islas Canarias.

Para los desplazamientos a un país de Europa hasta un máximo de 600€ y hasta un máximo de 1.200€ un país del resto del mundo.

Plazo de solicitud: 15 de Septiembre - 2 de Octubre 2015

Convocatoria: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-8831

Web: https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/profesores/formacion/universitarios/fpu-estancias-traslados/fpu-estancias-traslados-2015.html

 

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